El artículo 19 del convenio colectivo de trabajo 76/75 de la Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina (UOCRA) establece a esta fecha como el “Día de los Obreros de la Construcción”.
En consecuencia, la legislación fija que debe ser considerado como “pago no laborable”.
A todos los que trabajan en obras de construcción, desempeñando un gran número de tareas y contribuyendo al desarrollo edilicio de nuestra provincia, les deseamos un muy feliz día.